Tener reconocida una discapacidad lleva aparejado una serie de beneficios económicos y sociales. Para poder tener derecho a estas prestaciones, la persona debe tener un grado de discapacidad reconocido del 33% o más.
Existen varias ayudas de carácter estatal, autonómico y también otras que pueden aparecer de forma puntual, como las becas para alumnos con necesidades educativas especiales o para universitarios con discapacidad.
El 13,7% de las familias numerosas en España tiene algún hijo con discapacidad. Para establecer la categoría de familia numerosa, el hijo con discapacidad con grado igual o superior al 33% cuenta como dos. Por lo tanto, si la familia tiene dos hijos y uno de ellos tiene discapacidad será familia numerosa y podrá tener los beneficios de ser familia numerosa.
La Comunidad de Madrid ofrece varias ayudas económicas a menores de 18 años con discapacidad y dependencia:
Ayudas por discapacidad
En el apartado de discapacidad, uno de los beneficios es una deducción en renta por familia numerosa que depende del número de hijos. Esta deducción se puede cobrar de forma anticipada.
Otra de las ayudas es la prestación por hijo a cargo, una prestación de 1.000 euros, que se cobrarán en dos momentos del año, 500 en enero y 500 en junio.
Ayudas por dependencia
Por lo que respecta al apartado de dependencia encontramos dos tipos de ayuda de carácter económico:
Po un lado, la prestación económica de cuidados en el entorno familiar (PECEF), cuyo beneficiario es la persona reconocida en situación de dependencia y tiene que estar atendido por un cuidador no profesional y demostrar la convivencia de al menos un año previo a la solicitud. Estas ayudas van desde los 153 euros hasta los 387,64, dependiendo del grado de dependencia.
Por otro lado, está la Prestación económica vinculada al servicio (PVS) o también denominado cheque servicio. Esta prestación se reconocerá cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado. Se trata de una prestación económica vinculada a la adquisición de un servicio del catálogo de servicios prestado por centro o entidad privada debidamente acreditada por la comunidad autónoma con la finalidad de contribuir a la financiación del coste del servicio o, en su caso, de los servicios, determinados en el Programa Individual de Atención (PIA) cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado. En este caso, las prestaciones van desde los 300 a los 715 euros.
La Fundación Querer da la posibilidad de financiar las terapias en su Centro de Atención Temprana con este cheque servicio. Consulta aquí las condiciones.